
Escrito por Equipo Legal Con Fines · 2026-09-28 · Última actualización: 2026-09-28
¿Cuándo puedes solicitar la nacionalidad española? Plazos según tu país de origen
¿Llevas tiempo viviendo en España y quieres saber cuándo puedes solicitar la nacionalidad española?
Quizás hayas escuchado que los latinoamericanos pueden pedirla después de dos años, que otras personas deben esperar diez o que casarse con un español permite conseguirla en un año.
Todas estas situaciones tienen una explicación, pero hay algo fundamental: no todas las personas necesitan el mismo tiempo de residencia para solicitar la nacionalidad española.
El plazo depende de tu nacionalidad de origen y, en algunos casos, de tus circunstancias personales.
En esta guía te explicamos cuántos años necesitas, desde cuándo empiezan a contar y qué debes comprobar antes de presentar tu solicitud.
¿Cuántos años necesitas vivir en España para pedir la nacionalidad?
El artículo 22 del Código Civil establece cuatro plazos principales para solicitar la nacionalidad española por residencia:
- 10 años: plazo general.
- 5 años: para personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- 2 años: para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, así como personas sefardíes.
- 1 año: para determinadas situaciones personales y familiares previstas en la ley.
Pero recuerda: no basta con haber vivido en España durante ese tiempo. La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
¿Qué países pueden solicitar la nacionalidad después de 2 años?
Si eres nacional de origen de un país iberoamericano, puedes solicitar la nacionalidad española después de 2 años de residencia legal y continuada en España.
Entre los países cuyos nacionales de origen pueden beneficiarse de este plazo se encuentran:
- Argentina
- Bolivia
- Brasil
- Chile
- Colombia
- Costa Rica
- Cuba
- Ecuador
- El Salvador
- Guatemala
- Honduras
- México
- Nicaragua
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- República Dominicana
- Uruguay
- Venezuela
También se aplica a los nacionales de origen de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, así como a las personas sefardíes que cumplan las condiciones correspondientes.
¿Por qué se habla de nacionalidad de origen?
Porque no siempre basta con tener actualmente el pasaporte de uno de estos países.
El Código Civil utiliza expresamente el concepto de «nacionales de origen». Por tanto, si adquiriste posteriormente una nacionalidad mediante naturalización, habrá que comprobar si puedes beneficiarte del plazo reducido.
Ejemplo
Una persona venezolana que obtiene su primera autorización de residencia legal en España el 10 de octubre de 2024 podría cumplir los dos años el 10 de octubre de 2026, siempre que haya mantenido la residencia legal y continuada y reúna los demás requisitos.
No tendría que esperar diez años únicamente por ser extranjera.
¿Quiénes necesitan 5 años de residencia?
Las personas que han obtenido la condición de refugiado pueden solicitar la nacionalidad española después de 5 años de residencia, siempre que cumplan los demás requisitos.
Es importante distinguir entre:
- Tener reconocida la condición de refugiado.
- Haber solicitado asilo y estar esperando una resolución.
- Tener una residencia por razones humanitarias.
- Ser beneficiario de protección temporal.
Estas situaciones no son jurídicamente equivalentes y no dan acceso automáticamente al plazo de cinco años.
Por ejemplo, una persona venezolana con residencia por razones humanitarias no pasa a tener un plazo de cinco años simplemente por haber solicitado asilo anteriormente. Si es venezolana de origen, deberá analizarse el plazo reducido de dos años que le corresponda.
¿Quiénes necesitan 10 años?
El plazo general es de 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
Se aplica a las personas que no pueden acogerse a alguno de los plazos reducidos.
Por ejemplo, con carácter general, una persona nacional de Marruecos, Argelia, China, India o Estados Unidos deberá acreditar diez años de residencia, salvo que se encuentre en alguna de las situaciones especiales previstas por el Código Civil.
¿En qué casos puedes solicitarla después de solo 1 año?
El Código Civil contempla determinados supuestos en los que basta con un año de residencia legal y continuada.
Entre ellos se encuentran:
- Haber nacido en España, aunque el nacimiento en territorio español no implique por sí solo adquirir automáticamente la nacionalidad.
- Llevar al menos un año casado con una persona española, sin estar separado legalmente ni de hecho.
- Ser viudo o viuda de una persona española, siempre que no existiera separación legal o de hecho en el momento del fallecimiento.
- Haber nacido fuera de España y tener padre, madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles.
- No haber ejercido oportunamente el derecho a optar por la nacionalidad española.
- Haber estado bajo determinadas medidas de tutela, guarda o acogimiento de una persona o institución española durante dos años consecutivos, en los términos previstos por la ley.
Cada supuesto tiene condiciones específicas y debe comprobarse individualmente.
¿Si me caso con un español obtengo la nacionalidad automáticamente?
No.
El matrimonio con una persona española no concede automáticamente la nacionalidad española.
Para beneficiarte del plazo reducido debes llevar, al presentar la solicitud, al menos un año casado con una persona española, no estar separado legalmente ni de hecho y acreditar también un año de residencia legal y continuada en España.
Además, debes cumplir los restantes requisitos del procedimiento.
¿Desde cuándo empiezan a contar los años de residencia?
Esta es una de las cuestiones más importantes.
Para solicitar la nacionalidad por residencia, el Código Civil exige que la residencia sea:
- Legal: debes contar con un título que te permita residir legalmente en España.
- Continuada: debes mantener la continuidad exigida, teniendo en cuenta tus circunstancias y posibles ausencias.
- Inmediatamente anterior a la solicitud: el periodo exigido debe cumplirse antes de presentar la petición.
Esto significa que la fecha en la que llegaste a España no siempre coincide con la fecha desde la que empieza a contar tu residencia para nacionalidad.
¿Cuenta el tiempo que estuve como turista?
No.
Estar en España como turista o durante una estancia de corta duración no equivale a tener residencia legal a efectos de solicitar la nacionalidad española por residencia.
¿Cuenta el tiempo con visado o estancia por estudios?
Con carácter general, la estancia por estudios no computa como residencia legal a efectos de nacionalidad.
Si posteriormente modificas tu situación y obtienes una autorización de residencia, será necesario comprobar desde qué fecha comienza a computar el periodo exigido.
¿Cuenta el tiempo que estuve solicitando asilo?
No debe confundirse el tiempo como solicitante de protección internacional con el tiempo de residencia legal exigido para nacionalidad.
El cómputo puede requerir un análisis específico, especialmente cuando posteriormente se reconoce la condición de refugiado o se concede otra autorización.
Por eso, si has pasado por un procedimiento de asilo, conviene revisar las fechas y resoluciones antes de calcular cuándo puedes solicitar la nacionalidad.
¿Cuenta la residencia por razones humanitarias?
Sí, los periodos durante los que has sido titular de una autorización de residencia legal por razones humanitarias pueden computar a efectos de nacionalidad.
Por ejemplo, si eres venezolano de origen y tienes una autorización de residencia por razones humanitarias, podrías acogerte al plazo reducido de dos años de residencia legal, siempre que cumplas los demás requisitos.
Lo importante es distinguir entre el tiempo de residencia concedido y los periodos anteriores en los que únicamente eras solicitante de protección internacional.
¿Puedo viajar fuera de España mientras acumulo los años?
Sí, pero debes tener cuidado.
La ley exige que la residencia sea continuada. Eso no significa que cualquier viaje al extranjero interrumpa automáticamente el plazo, pero las ausencias prolongadas o frecuentes pueden afectar a la valoración de la continuidad.
No existe una regla única de días de ausencia que sirva automáticamente para todos los expedientes de nacionalidad.
Por eso, si has pasado temporadas largas fuera de España, conviene revisar tus viajes antes de presentar la solicitud.
¿Qué otros requisitos necesito para conseguir la nacionalidad?
Cumplir el plazo de residencia es fundamental, pero no garantiza por sí solo que te concedan la nacionalidad española.
También debes acreditar:
Buena conducta cívica. La Administración valorará, entre otras circunstancias, la información relativa a antecedentes y tu conducta durante el periodo correspondiente.
Integración en la sociedad española. En los casos en que resulte exigible, normalmente se acredita mediante las pruebas del Instituto Cervantes:
- CCSE: conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
- DELE A2 o superior: conocimientos del idioma español.
Las personas nacionales de origen de países donde el español es lengua oficial están exentas de la prueba DELE, en los términos previstos por la normativa. También existen otras exenciones y dispensas que deben valorarse según el caso.
Documentación correcta. Deberás aportar los documentos exigidos para tu situación, debidamente legalizados o apostillados y traducidos cuando corresponda.
Si tienes dudas sobre este último punto, puedes consultar nuestra guía sobre apostilla y traducción jurada en extranjería.
¿Puedo solicitar la nacionalidad si mi TIE está caducada?
Depende de tu situación.
La fecha de caducidad de la tarjeta física no siempre significa que hayas perdido tu autorización de residencia.
Por ejemplo, puede ocurrir que hayas presentado una renovación dentro del plazo legal y que tu autorización se encuentre prorrogada mientras se resuelve.
Lo importante es comprobar que has mantenido la residencia legal exigida y que puedes acreditarla documentalmente.
Si tu autorización ha caducado y no has presentado ninguna solicitud, o has tenido periodos sin residencia legal, es necesario revisar tu situación antes de solicitar la nacionalidad.
¿Cómo se solicita la nacionalidad española por residencia?
La solicitud puede presentarse electrónicamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
De forma general, el procedimiento consiste en:
- Comprobar que has cumplido el plazo de residencia que te corresponde.
- Revisar tu historial de autorizaciones y posibles ausencias.
- Preparar los documentos personales y certificados exigidos.
- Superar las pruebas CCSE y DELE, cuando sean necesarias, o acreditar la exención o dispensa correspondiente.
- Abonar la tasa administrativa mediante el modelo 790, código 026.
- Presentar la solicitud y realizar el seguimiento del expediente.
Puedes acceder al procedimiento oficial en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
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¿Quieres saber cuándo puedes solicitar la nacionalidad española?
En Con-fines podemos revisar tu nacionalidad de origen, tus autorizaciones de residencia, las fechas de concesión y renovación, y los posibles periodos de ausencia para determinar cuándo puedes presentar tu solicitud de nacionalidad española.
También podemos ayudarte a preparar la documentación, comprobar si necesitas realizar los exámenes y tramitar tu expediente.
Porque no se trata únicamente de contar años desde que llegaste a España, sino de comprobar desde cuándo cuentan legalmente y qué requisitos debes cumplir.
¿Crees que ya puedes solicitar la nacionalidad española? Hablemos.
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Preguntas frecuentes
Resolvemos las dudas más habituales sobre este tema.
¿Los venezolanos pueden pedir la nacionalidad española después de dos años?
Sí. Los venezolanos de origen pueden beneficiarse del plazo reducido de dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, siempre que cumplan los demás requisitos.
¿Los colombianos, peruanos y argentinos también necesitan solo dos años?
Sí. Los nacionales de origen de estos países están incluidos entre quienes pueden acogerse al plazo reducido de dos años.
¿Los brasileños pueden solicitar la nacionalidad después de dos años?
Sí. Brasil es un país iberoamericano y sus nacionales de origen pueden beneficiarse del plazo reducido de dos años.
¿Si nací en España necesito diez años para solicitar la nacionalidad?
No necesariamente. Las personas nacidas en territorio español pueden acogerse al plazo reducido de un año de residencia legal, si no son ya españolas por otra vía y cumplen los requisitos.
¿Si me caso con una persona española puedo pedir la nacionalidad al día siguiente?
No. El matrimonio no concede automáticamente la nacionalidad. Para el plazo reducido debes acreditar, entre otros requisitos, un año de matrimonio y un año de residencia legal en España
¿El empadronamiento cuenta como residencia legal?
No por sí solo. El empadronamiento acredita determinados datos de domicilio, pero no sustituye una autorización de residencia
¿El tiempo como estudiante cuenta para nacionalidad?
Con carácter general, no. La estancia por estudios no equivale a residencia legal a estos efectos.
¿Puedo solicitarla antes de cumplir los años exigidos?
No es recomendable presentar la solicitud sin haber cumplido el periodo legal correspondiente. Debes reunir el tiempo exigido en el momento de solicitarla.
¿Cuánto tarda el Ministerio de Justicia en conceder la nacionalidad?
El plazo de residencia exigido para presentar la solicitud y el tiempo que tarda la Administración en resolver son cuestiones diferentes. Una vez presentada, la tramitación puede prolongarse y dependerá de las circunstancias del expediente.
¿Puedo tener nacionalidad española y conservar la de mi país?
Depende de tu nacionalidad y de las reglas aplicables. El Código Civil contempla un régimen especial para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, entre otros supuestos. Conviene comprobar también la legislación del país cuya nacionalidad ya posees.
Fuente oficial
- Ley española·Articulo 22 del Código Civil ver texto completo →
- Otra fuente·Nacionalidad española por residencia - Ministerio de Justicia ver texto completo →
- Otra fuente·Solicitud de nacionalidad española por residencia - Sede Electrónica ver texto completo →
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