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Nacionalidad

La nacionalidad es el cierre de un largo camino. Revisamos tu historial de residencia, preparamos el expediente y seguimos el procedimiento hasta la jura.

¿Es para ti?

  • Cumples el periodo de residencia legal y continuada exigido.
  • Tienes derecho a la nacionalidad por opción o por origen.
  • Tu expediente lleva demasiado tiempo sin resolverse.

Requisitos habituales

  • Residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
  • Buena conducta cívica y suficiente grado de integración.
  • Pruebas CCSE y DELE, salvo exenciones.
  • Documentación del país de origen legalizada y traducida.

Proceso paso a paso

  1. 1

    Revisión del cómputo de residencia y de las exenciones aplicables.

  2. 2

    Preparación del expediente y de las pruebas exigidas.

  3. 3

    Presentación telemática y seguimiento del estado.

  4. 4

    Recursos frente a denegaciones o retrasos injustificados.

  5. 5

    Jura o promesa e inscripción en el Registro Civil.

Documentación habitual

  • Certificado de nacimiento legalizado y traducido.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Certificado de empadronamiento y tarjeta de residencia.
  • Diplomas CCSE y DELE, cuando sean exigibles.

Plazos orientativos

La preparación suele llevar entre 3 y 6 semanas. El plazo legal de resolución es de un año desde la solicitud, aunque en la práctica puede prolongarse.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si mi expediente está paralizado?

Puede caber recurso o reclamación por inactividad. Revisamos el estado y la vía más eficaz.

¿Puedo conservar mi nacionalidad de origen?

Depende del país. Algunos convenios permiten la doble nacionalidad y otros no.

La información de esta página es orientativa y se actualiza según la normativa vigente. Los plazos dependen en gran medida de la Administración competente.

Cuéntanos tu caso

Escríbenos con tu situación y te responderemos con los siguientes pasos posibles.

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